7 de Septiembre de 2017

Las juntas de vecinos

Las juntas vecinales son las reuniones de los propietarios en donde se reúnen para tratar los temas y problemas que tienen en la comunidad, con el propósito de tomar decisiones.

Angelica Angélica Mendoza Departamento de comunicación

¿Cómo se organiza una junta de vecinos?

El primer paso para llevarla a cabo es la convocatoria. Para citar a la junta, es importante que se notifique con anticipación, seis días son apropiados para que las personas consideren sus tiempos y agenden la reunión.

Es necesario asegurarse de que todos los propietarios reciban la invitación a la reunión, por lo que se recomienda entregar notificación por escrito en cada vivienda. Los medios electrónicos oficiales también son una buena opción.

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En caso de que el propietario no pueda asistir a las juntas vecinales y delegue en otra persona su responsabilidad, es necesario que notifique por escrito a la administración, para aceptar la participación del tercero en la toma de decisiones.

Cualquier propietario tiene el derecho a solicitar que un tema  y/o problema de la comunidad sea abordado en la junta. Es necesario que se acerque al administrador con antelación y solicite que el asunto sea integrado al orden del día, para que se contemple en la reunión.

 Es importante que todas las juntas de vecinos sean presididas por el Presidente del Comité de Colonos y el administrador. Y que tengan el cuidado de seguir el orden del día, para cubrir los asuntos que los reunió en ese momento.

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Las juntas de vecinos pueden ser de carácter ordinario o extraordinario.  Las juntas ordinarias se realizan, al menos, una vez al año con la intención de aprobar el presupuesto anual, notificar sobre las cuentas bancarias de la comunidad y para elegir a los integrantes del Comité de Colonos.

 Las juntas extraordinarias son las reuniones efectuadas en las ocasiones en que el Presidente considere oportuno, o sea requerida por al menos la cuarta parte de los vecinos  que tengan al menos el 25% de sus cuotas cubiertas.

junta vecinos

La minuta de Juntas.

De cada reunión de vecinos es indispensable que se redacte una minuta, en la cual se debe plasmar:

a)    Fecha, hora  y lugar de la reunión.

b)   Responsables de la convocatoria: ya sea el presidente, el administrador o un grupo determinado de colonos.

c)    Listado de asistentes con sus firmas.

d)   Orden del día abordado.

e)    Acuerdos que se tomaron con los responsables y las fechas de entrega.

f)     Se integran los nombres de los propietarios que estuvieron a favor y en contra de cada acuerdo tomado.


La minuta debe quedar completa en los 10 días posteriores a la reunión, con la firma del presidente y el secretario del comité de colonos. Una copia de la minuta debe ser enviada a todos los vecinos por los canales oficiales que hayan sido acordados.

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